Casación No. 540-2016

Sentencia del 26/04/2017

“…se advierte que el Tribunal al emitir su sentencia, obvió analizar la excepción perentoria interpuesta por la (...) quien a través del remedio procesal de ampliación solicitó que la misma fuera conocida; el que mediante auto consideró: (...) lo que hace incongruente el fallo con las acciones que obran dentro del proceso contencioso administrativo, ya que para entrar a analizar las pretensiones de fondo dadas en la demanda, los tribunales deben resolver en primer lugar las excepciones que fueran planteadas, atendiendo a los argumentos vertidos por la parte interponente, lo que en el presente caso no se dio, pues si bien es cierto en el auto de ampliación se resolvió; la misma se hizo sobre las consideraciones de la sentencia, y no sobre la denuncia formulada por …”